Nº 34399-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

 

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 inciso b) de la Ley N° 6227 ?Ley General de la Administración Pública?; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973, ?Ley General de Salud?; 1 y 2 inciso b) de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973, ?Ley Orgánica del Ministerio de Salud?.

Considerando

I.?Que conforme a las disposiciones del artículo 1° de la Ley General de Salud, de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.?Que el 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS), eliminó la homosexualidad de su lista de trastornos mentales y ?que esta acción contribuyó a acabar con más de un siglo de homofobia médica.

III.?Que el Centro de Investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos (CIPAC), solicitó a este Despacho la declaratoria del día 17 de mayo como día nacional contra la Homofobia.

IV.?Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se ha considerando conveniente y oportuno acceder a dicha solicitud. Por tanto,

Decretan:

Declaratoria Oficial del Día Nacional

contra la Homofobia

Artículo 1º?Se declara el día 17 de mayo de cada año como el ?Día Nacional contra la Homofobia?.

Artículo 2º?Las instituciones públicas deberán difundir ampliamente los objetivos de esta conmemoración. Asimismo deberán facilitar, promover y apoyar las acciones orientadas a la erradicación de la homofobia.

Artículo 3º?Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.?San José, a los doce días del mes de febrero de dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.?La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.?1 vez.?(Solicitud Nº 47321).?C-28400.?(D34399-24752).