Costa Rica se ha caracterizado por ser uno de los primeros países en Centroamérica con grupos organizados a nivel formal (asociaciones y otras) y no formal (grupos lúdicos y encuentros) de gays y lesbianas. Sin embargo, la disponibilidad de datos e información acerca de las identidades individuales y colectivas, la composición social, los principales problemas políticos, económicos, psicológicos de la población GL y de las personas que conviven con el VIH/SIDA, la sistematización de experiencias, entre otras, es mínima en comparación con la magnitud poblacional estimada, y con los esfuerzos organizativos implementados.

La tradición democrática de Costa Rica fundamentada en la institucionalidad del estado de derecho, y en la aparente libertad y transparencia de los procesos electorales, ha limitado el ejercicio de la participación ciudadana y ha sesgado el análisis de los problemas sociales a la existencia de marcos jurídicos, que en la práctica no se traducen en un verdadero acceso al ejercicio de los derechos, ni a una incorporación de los aspectos culturales en los análisis de la problemática social.

CIPAC

El Centro de Investigación y Promoción para América Central de Derechos Humanos, CIPAC/DDHH, es una organización civil, sin fines de lucro que trabaja en la investigación del status y la promoción de todo tipo de derechos de la población de gays y lesbianas, así como en la prevención del VIH/SIDA en estas poblaciones.

El CIPAC, forma parte de la Red de Organizaciones de trabajo en SIDA de Costa Rica, es una organización miembra de la Comisión de Derechos Humanos de Centroamérica, CODEHUCA, es miembra fundadora de la Red Regional Lésbica, organización miembra del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Asamblea Legislativa y de otras iniciativas de la sociedad civil organizada para incidir en las políticas públicas del país.

Dirección

La Dirección del CIPAC, esta a cargo de dos personas, la Máster Daria Suárez y el Sr. Francisco Madrigal, la primera Directora Ejecutiva y el segundo, Director Administrativo.

La Máster Suárez es miembra fundadora del CIPAC, activista desde hace seis años en la defensa de los derechos humanos de gays y lesbianas, miembra fundadora de la Red Regional Lésbica, representante por las mujeres lesbianas en el primer Parlamento de Mujeres de Costa Rica, Secretaria Ejecutiva de la Red de Ong´s de trabajo en SIDA, representante de las ONG´s ante el Consejo Nacional de Atención Integral del SIDA. El Sr. Madrigal fue el fundador de la primera organización gay/lésbica legalmente constituida en Costa Rica, Triángulo Rosa, co-fundador de la Asociación Centroamérica de Gays y Lesbianas ARCEGAL, miembro fundador del CIPAC, con más de trece años de experiencia en la defensa y promoción de derechos humanos para la población gay/lésbica, representante del CIPAC ante el Consejo Consultivo de la Sociedad Civil y la Asamblea Nacional del Consejo de la Persona Joven.

Ambos desde el CIPAC, han participado en investigaciones tales como; El Suicidio en la Población Homosexual en Costa Rica, Discriminación Laboral por DiverSIDAd Sexual en Costa Rica, Homolesbofobia en la sociedad costarricense, Hombres que tienen sexo con hombres y el VIH en Costa Rica, Análisis del status Legal de las mujeres lesbianas en Costa Rica, los efectos psico- sociales de la discriminación, entre otras.

Situación Jurídica

Costa Rica cuenta con un amplio marco jurídico que protege a todos sus habitantes, consignando la igualdad en el Arto. 33 de nuestra Constitución Política que establece que "toda persona es igual ante la ley y que no podrá hacerse discriminación alguna contraria a la dignidad humana; sin embargo, los derechos de las personas gay y lesbianas y personas que viven con el VIH/SIDA, están reflejados únicamente en la Ley General de SIDA (No. 7771) que establece en su Arto. 48 que "Quien aplique, disponga o practique medidas discriminatorias por raza, nacionalidad, género edad, opción política, religiosa o sexual, posición social, situación económica, estado civil o por algún padecimiento de salud o enfermedad, será sancionado con pena de veinte a sesenta días multa".

Esta única disposición establece una sanción cuya severidad es menor que en otros delitos no referidos a discriminación de personas. Esto revela claramente el estado de desprotección e indefensión en que se encuentra la población gay/lésbica y personas que viven con el VIH/SIDA (PVVIH/SIDA) y la discriminación existente, inclusive, en la única ley que les reconoce como sujetos/as de derecho.

En nuestro país, a pesar de que se considera democrático y justo, las discriminaciones por orientación sexual son solapadas, discretas y encubiertas por todo un sistema legal moralista y rígidas estructuras religiosas y tradicionales.

La discriminación contra la población lésbica, gay y bisexual se encuentra presente en la legislación al relacionarla únicamente con delitos sexuales, al presentar contenidos discriminatorios, y/o en la obviedad e invisibilización de la existencia de personas con orientación sexual diferente a la norma heterosexual, restringiendo de esta manera el disfrute pleno de sus derechos. Algunos ejemplos de ello son:

Código Penal

La homosexualidad es sancionada cuando se practica "en forma escandalosa" por mayores de 17 años, esto constituye una contravención (Arto. 378 del Código Penal). Como todo concepto jurídico no determinado la expresión "forma escandalosa" queda a la libre interpretación de los prejuicios e ignorancia de los policías o de los jueces.

Debido a que la legislación permite que el "criterio de valor" de jueces y juezas afecte la sentencia, ésta está, usualmente, cargada de "prejuicios moralistas y religiosos", de manera tal que se abre el portillo para que cuando quien comete el "delito" es un homosexual o una lesbiana la pena sea más severa. (Artos. 156,161 y 167 del Código Penal).

Código de Trabajo

Las discriminaciones laborales son más sociales que legales; en nuestro Código de Trabajo no hay mención alguna que explícitamente castigue o censure a l@s trabajadores/as por su orientación sexual, pero no hay mecanismos procesales en los regímenes de empleo privado ni en la Administración Pública para evitar o eliminar la discriminación por orientación sexual.

Ley de vivienda

Constantemente se presentan casos en los que de una u otra forma se discrimina claramente a la población gay/lésbica. Una de estas formas de discriminación en lo promulgado por la ley es el Programa de Vivienda, que para conseguir casa financiada por los órganos estatales hay que tener un núcleo familiar tradicional heterosexual, es decir, esposo, esposa, concubino, concubina, hijos, hijas, esto con el ánimo de proteger la familia nuclear donde limita a que el gay o la lesbiana tenga que financiar su vivienda por fideicomisos o en condiciones más onerosas. Estás directrices financieras dejan desprotegidas a gay y lesbianas para la obtención de financiamiento a costos populares y en condiciones de igualdad con el resto de la población heterosexual.

Código de Familia

Igualmente la discriminación está presente en los procesos sucesorios donde, en caso de fallecimiento sin testamento o voluntad expresa, los bienes muebles e inmuebles pasarán a su familia consanguínea o a su esposo o esposa. No contempla la unión de personas del mismo sexo ni reconoce sus derechos.

Esta ausencia de reconocimiento legal de las parejas del mismo sexo impiden también la obtención del beneficio de Seguro Social, herencias, pensiones, status migratorio y otras.

Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer

El contenido de toda esta Ley toma como paradigma a mujeres y hombres heterosexuales. En su artículo primero establece que es obligación del Estado promover y garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en los campos políticos, económico, social y cultural y, en su artículo segundo le obliga a velar porque la mujer no sufra discriminación alguna por razón de su género.

Sin embargo, en su artículo 7 manifiesta que todo inmueble otorgado por programas de desarrollo social (de los que las parejas del mismo sexo están excluidas), deberá inscribirse a nombre de ambos cónyuges en caso de matrimonio (l@s homosexuales no podemos contraer matrimonio), de la mujer en caso de uniones de hecho (las uniones entre homosexuales no son reconocidas por la ley).

*En su articulo 17 se señala que el Estado fomentará la educación mixta, el concepto de responsabilidad compartida de derechos y obligaciones familiares (término definido en nuestro Código de Familia como la tradicional heterosexual) y de solidaridad nacional. El sistema educativo nacional invisibiliza completamente otros tipos alternativos de familia, lo que fomenta el rechazo y el odio a las diferentes manifestaciones de la sexualidad humana y dificulta los procesos de auto aceptación y defensa de derechos.

Las diferencias, invisibilización y franca discriminación están presentes en muchos otros instrumentos de aplicación jurídica a nivel nacional, esta tendencia a veces es disfrazada en las leyes, pero es evidente en los reglamentos administrativos u operativos de algunas instituciones tales como la Caja Costarricense del Seguro Social, el Instituto Nacional de Seguros, el Patronato Nacional de la Infancia, entre otras.

No es hasta julio del 2003, ante una consulta expresa del CIPAC, que el Instituto Nacional de Seguros manifiesta que acepta el registro como beneficiario/a principal de sus pólizas de vida a parejas del mismo sexo, manteniendo aún las restricciones en lo que a acceso a crédito se refiere.

Por otra parte, con motivo de una denuncia del CIPAC ante la Defensoría de los Habitantes, este organismo inicia una investigación sobre las políticas de educación de la sexualidad humana del Ministerio de Educación Pública, ente en el que todavía la Iglesia Católica mantiene un enorme poder de injerencia. La decisión de la Defensoría en esta temática solo se ha producido en la parte referente a la educación para la prevención del VIH/SIDA, está pendiente la resolución en torno al heterosexismo y concepto de familia empleado y fomentado con estas políticas.

Ejercicio de los derechos

La discriminación y la persecución contra gays y lesbianas en Costa Rica es un asunto de calidad de vida y de salud mental y emocional de esta población, los asesinatos se presentan, pero no son acontecimientos de todos los días; lo diario y rutinario es el rechazo social, las limitaciones financieras, el acoso sexual, la desprotección de la salud para los gays y lesbianas desempleados/as, los despidos laborales, el suicidio adolescente, el abuso policial, las restricciones y persecuciones familiares y otras.

Es difícil señalar estadísticas que ilustren la discriminación y persecución, pues la población gay, lésbica y bisexual de este país ni siquiera percibe la agresión psicológica, verbal y física, la burla, la censura, la exclusión e invisibilización, las detenciones arbitrarias, los despidos, las limitaciones para la protección del patrimonio conjunto y otras, como violaciones a sus derechos; por lo tanto no hay denuncias, o son mínimas. A esto hay que agregar que el temor de una mayor visibilización, consecuencia lógica de una denuncia formal, detiene el interés de la población gay/lésbica en defender sus derechos.

En años anteriores (1997- 2000) se han detectado hasta quince muertes por año, "asesinatos de hombres solos", que han sido percibidos por la población homosexual como crímenes de odio o por robo, sin embargo, hemos percibido que el Organismo de Investigación Judicial, OIJ, encargado de investigar los motivos de estas muertes, no le ha prestado especial atención a estos ataques, se desconocen resultados de éstas investigaciones, acceder a ciertos archivos o expedientes es un proceso difícil y burocrático, además, muchos de los informes no contemplan la posible orientación sexual de la víctima. La impunidad por estos asesinatos continúa hasta estos días. Hoy en día las muertes continúan en menor cantidad pero en igual condición de impunidad.

El día 30 de septiembre del 2002, el Periódico La Nación en su sección de SUCESOS informa: "Un hombre reportado por la policía como de apellidos Romero Madrigal, apareció muerto anoche dentro de una repostería ubicada en las inmediaciones del estadio municipal de Moravia, San José. El cuerpo fue descubierto por el propietario del negocio para el cual laboraba Romero. En el sitio trascendió que presentaba varias puñaladas en el pecho, pero la Fuerza Pública no suministró más detalles del hecho".

Este hombre vivía aparentemente en el establecimiento comercial y era un hombre soltero, sin embargo, no trascendió mayor información, lo cual es el tratamiento que regularmente se le da a los casos de hombres solos que son asesinados en situaciones "extrañas". Desconocemos si este caso es uno más de hombres homosexuales que son asesinados, sin embargo, este ejemplo sirve para visibilizar la poca o nula información que se brinda sobre estas situaciones.

También se han presentado agresiones físicas y asesinatos de travestíes en las calles de San José, grupos de hombres jóvenes disparan a travestís y después de ello, los travestíes sufren el maltrato de las fuerzas policiales y de la indiscreción de los medios de comunicación. Los resultados de las investigaciones de estas agresiones también se desconocen.

Durante el año 1998, se presentaron dos casos específicos ante los Tribunales de Justicia, contra altos jerarcas de la Iglesia Católica, por promover el odio contra la población homosexual, ambos casos se perdieron, la Jueza encargada consideró que los emisarios de la Iglesia cumplían con los mandatos bíblicos.

Otro caso fue presentado ante la Sala Constitucional por un profesor alegando discriminación laboral por orientación sexual, se presentó una grabación telefónica donde la administradora del Colegio, afirmaba que el despido laboral había sido por la orientación sexual del denunciante, sin embargo, la prueba no fue considerada y el caso se desestimo por falta de pruebas (1998).

Otro problema subvaluado por las fuerzas judiciales de nuestro país es el acoso y abuso de poder de los policías en los centros de socialización o calles circundantes a los mismos, se presentan casos de hombres gays detenidos en la calle por "vagancia" y sólo "puestos en libertad" después de ser sometidos a agresiones físicas, abusos o robo.

Las mujeres lesbianas son "cateadas" exhaustivamente en las redadas a centros de socialización gay/lésbicos, son sometidas igualmente a agresiones, abusos físicos y robo por policías alegando, en la mayoría de los casos, búsqueda de drogas.

No se conoce ningún caso de denuncia que haya sido ganado ante los Tribunales de Justicia, que tengan relación directa con derechos de gay o lesbianas, salvo casos de pater/maternidad. Existe miedo a poner denuncias, sobre todo porque la mayoría de éstas, han sido abordadas por los medios de comunicación, desde una perspectiva amarillista y al final los denunciantes terminan siendo públicos y en peligro de ser agredidos/as, despedidos o insultados/as.

Otro aspecto altamente ignorado e invisibilizado en nuestro país es el familiar, la violencia entre parejas del mismo sexo o las represiones y restricciones impuestas por familiares a gays y lesbianas para que sus vidas "retomen el sendero de la normalidad" no trascienden por razones del temor a la discriminación en los servicios estatales o a mayores restricciones familiares.

Se han presentado casos de mujeres lesbianas presionadas a tal grado por sus familiares que las privaron de ingresos por el ejercicio de sus profesiones, las perseguían y controlaban sus salidas y contactos. Otro caso es el de un joven gay que fue encerrado por sus familiares en su habitación, permitiéndole únicamente la salida para continuar con sus estudios y privándole de toda actividad de socialización o deporte.

La Defensoría de los Habitantes, es un organismo Gubernamental que vela por los derechos de los y las habitantes, tiene un alto grado de credibilidad ante los costarricenses, sin embargo, sus decisiones no son vinculantes, por lo que el Estado decide si toma o no las recomendaciones de ese ente.

La Defensoría nos muestra en el siguiente cuadro, todas las denuncias presentadas ante ella, en los últimos seis años, con relación a casos de la población gay, lésbica o bisexual.

Costa Rica: Denuncias presentadas por la población bisexual,
gay y lésbica ante la Defensoría de los Habitantes según tipo y año
(se desconoce de casos en el año 2000)

Descripción 1997 1998 1999 2000 2001 2002 Total
Detención arbitraria 2 1 2 - 0 0 5
Persecución laboral 0 1 0 - 0 0 1
Restricción libertad de reunión 0 2 0 - 0 0 2
Servicios de salud 0 0 0 - 0 1 1
Proselitismo homofóbico religioso 0 0 0 - 1 0 1

Fuente: Archivo de la Defensoría de los Habitantes

De acuerdo con las investigaciones realizadas por el CIPAC en la población gay/lésbica y bisexual ésta considera que el silencio y la invisibilidad le protegerá de males mayores en el futuro y que, como estamos "mejor que otros/as", lo más conveniente es la pasividad e inmovilidad.

Esta actitud encuentra su origen en la discriminación social e institucional y la interiorización de la misma, los estereotipos sociales, la falta de apertura de la comunidad BGL, la poca tolerancia a la diferencia, los mitos, tabúes, la poca información objetiva sobre el tópico y a la reducida visibilización política que del tema hacen las personas con orientación sexual hacia su mismo sexo.

Esta pasividad y el claro silencio retratado en estos números promueve el maltrato, la discriminación laboral, la violación de lesbianas, la invisibilización total de los/as bisexuales, la impunidad de asesinatos de "hombres solos", la separación de madres y padres lesbianas y gays con sus hijos/as, el robo por parte de policías en redadas y chequeos ilegales, etc.

Dimensión Cultural

La tradición católica fundamentalista no solo enseña que la homosexualidad es mala, sino que preserva la estructura jerárquica vertical, donde los más poderosos, laicos o religiosos, toman las decisiones que afectan a los más débiles. De esta forma, los grupos marginados tienen menos habilidades para luchar por sus Derechos Humanos, para expresar sus sentimientos, resolver conflictos, y conocer y enfrentar su vulnerabilidad social. Todo esto ha conllevado a que la población gay/lésbica costarricense tienda a:

Vivir en el "closet": las consecuencias de "salir del closet" pueden ser muy caras, ya que se expone a la discriminación y al rechazo, no solo a nivel laboral y educativo, sino a algo culturalmente más importante para muchos/as, que es la familia.

Suicidio o intentos: la represión social existente, entiéndase ésta como las grandes instituciones sociales, (familia, religión, grupo social, etc.), promueve los suicidios y los intentos de suicidio y una gran cantidad de cuadros depresivos profundos dentro de la población BGL.

Homo/lesbofobia interiorizada: los valores morales y culturales que se nos inculcan desde niños/as crea un ambiente de hostilidad y autorechazo, que dificulta el proceso de integración y empoderamiento de la misma población.

Centros de socialización: la única posibilidad de socializar, sin miedo a la discriminación, ha sido principal y tradicionalmente, los centros de socialización, mismos que se han convertido en ghettos inmersos en el alcohol y las drogas, conllevando a esta población a situaciones de riesgo y peligro.

Patrones heterosexuales: el adaptarse a patrones de comportamiento y socialización heterosexuales, como la familia, dificulta las relaciones de pareja al fortalecer los roles y estereotipos machistas, heterosexistas y patriarcales.

Invisibilización: todos los factores antes mencionados promueven la falta de poder y concientización. La población homosexual no ha interiorizado sus derechos y por ello es incapaz de defenderlos a nivel público y privado. Se está a favor de que luchen por sus derechos, pero no a involucrarse directamente en el proceso.

Conformismo: a pesar de la discriminación y el rechazo hacia la población BGL, la situación de vida gay/lésbica en Costa Rica es percibida como "mejor que el resto de Centroamérica", lo que promueve la pasividad y el conformismo.