DAJ-UAL-MG-549-12

DECRETO EJECUTIVO No. 37071-S

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política; 28 inciso b) de la Ley N° 6227 “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud”; 1 y 2 inciso b) de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

CONSIDERANDO:

I.-Que conforme a las disposiciones del artículo 1° de la Ley General de Salud, la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.-Que el 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS), eliminó la homosexualidad de su lista de trastornos mentales y que esta acción contribuyó a acabar con más de un siglo de homofobia médica.

III.-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 34399-S, del 12 de febrero del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°58 del 25 de marzo del 2008, se declaró el día 17 de mayo de cada año como el “Día Nacional contra la homofobia”.

IV.-Que este Despacho Ministerial, ha considerado procedente reformar el Decreto Ejecutivo N° 34399-S, incluyendo los conceptos de lesbofobia, y la transfobia.

POR TANTO,

DECRETAN:

“DECLARATORIA DEL DÍA 17 DE MAYO DE CADA AÑO, DÍA NACIONAL

CONTRA LA HOMOFOBIA, LA LESBOFOBIA Y LA TRANSFOBIA”

Artículo 1°.- Refórmense los artículos 1° y 2° del Decreto Ejecutivo N° 34399-S del 12 de febrero del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 58 del 25 de marzo del 2008, para que en lo sucesivo se lea así:

“Artículo 1º- Se declara el día 17 de mayo de cada año como el “Día Nacional contra la homofobia, la lesbofobia y la transfobia”.

“Artículo 2º- Las instituciones públicas deberán difundir ampliamente los objetivos de esta conmemoración, así como facilitar, promover y apoyar las acciones orientadas a la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia”.

Artículo 2°.-Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.- San José a los nueve días del mes de marzo del dos mil doce.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA

DRA. DAISY MARÍA CORRALES DÍAZ

MINISTRA DE SALUD

1 vez.—O. C. Nº 14143.—Solicitud Nº 31877.—C-23970.—(D37071-IN2012031645).