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Si fuera legal el Costa Rica para Gays y lesbianas, Usted adoptaría?

Cree Usted que es responsabilidad del Estado donar los condones a determinadas poblaciones?

 

Primer Parlamento de Mujeres de Costa Rica

El pasado 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, se efectuó la presentación de la Agenda de Discusión Legislativa Consensuada del proyecto Parlamento de las Mujeres de Costa Rica, en la que dos mujeres lesbianas estuvimos representando a grupos e intereses lésbicos y logramos insertar algunos de los puntos de nuestro específico interés.

Esta Agenda es inclusiva de los intereses y las necesidades de todas aquellas mujeres que históricamente han sido discriminadas por razones de edad, clase socio-económica, ocupación, ubicación geográfica, nacionalidad, religión, orientación sexual, etnia, discapacidad y otras condiciones de vida e identidades.

Los puntos de la Agenda fueron dispuestos en cuatro áreas temáticas prioritarias:

Derechos Humanos.
Participación política y ciudadanía activa.
Economía y Trabajo.
Salud, derechos sexuales y reproductivos y violencia como problema de salud pública.

En Derechos Humanos, las mujeres del I Parlamento, proponemos:

1. La integración de un Comité al interno de la Asamblea Legislativa, con participación representativa de los grupos de mujeres, que se le dote de recursos tecnológicos y económicos necesarios para su viabilidad y sostenibilidad, para que en el plazo de un año, y con posibilidad de seguimiento haga una revisión y proponga a la Asamblea legislativa un conjunto de modificaciones para la adecuación del marco jurídico nacional, de manera que se eliminen del mismo aquellas leyes, artículos e incisos que discriminen contra las mujeres.

2. El Comité arriba señalado iniciará el proceso con:
a. La revisión del Código de Trabajo, para incluir un artículo que brinde protección a los y las trabajadoras del comercio autónomo.
b. La modificación de los artículos 104 y 105 en relación con las trabajadoras domésticas.
c. El artículo 242 del Código de Familia sobre las uniones de hecho o la inclusión de "familias por convivencia" que otorgue iguales derechos y deberes a otros tipos de unión familiar, haciendo posible el acceso igualitario a pensiones, herencias, seguros y otros beneficios ligados directamente al concepto de familia en nuestra legislación.
d. la reforma a la Ley No. 6587 garantizando estabilidad laboral para las y los trabajadores del comercio autónomo, así como en lo relativo a indemnizaciones en caso de reubicación; así como la inclusión de cláusulas de protección y de cumplimiento para este sector en los convenios con la Organización Internacional del Trabajo; el Código de Familia y el Código Civil.

3. Crear un Comité Consultivo como parte de la Comisión Especial Permanente de la Mujer de la Asamblea Legislativa, integrada por un número representativo de los distintos grupos, asociaciones y organizaciones de mujeres que velen para que en los proyectos de ley, el lenguaje sea inclusivo, no racista, no lesbofóbico, no sexista, ni clasista, se garantice la igualdad en la diversidad para la equidad de género y la no discriminación.

4. Crear a lo interno de la Asamblea Legislativa una Comisión de Trabajo sobre asuntos de los pueblos afro descendientes y de los pueblos indígenas, con la participación de dos representantes de los pueblos afro descendientes y dos representantes de los pueblos indígenas, responsable de formular leyes dirigidas al mejoramiento de la calidad de vida de los pueblos negros y pueblos indígenas, así como de la formulación de políticas vinculadas con el desarrollo de estas poblaciones y de vigilar y controlar su cumplimiento y la ratificación de Convenios Internacionales atinentes.

5. Se integre en la Comisión de Hacendarios, una representante de la Comisión de la Comisión Especial Permanente de la Mujer para que al momento de discutir el Proyecto de Presupuesto Nacional, se vele por la asignación de recursos destinados a los programas para las mujeres, en particular para la plena aplicación del Plan Nacional para la Atención y Prevención intra familiar y el Plan de Combate a la Pobreza.

6. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer, se aboque a conocer y darle seguimiento al Expediente 14.236, presentado a la Asamblea Legislativa en diciembre del año 2000, cuto proyecto promueve un "transporte público intermodal" para que las personas con discapacidad puedan lograr una integración plena en los diferentes ámbitos de la vida nacional como la recreación, la educación, la cultura y el trabajo entre otros. Asimismo, que se realicen las consultas pertinentes a la población, organizaciones y entes beneficiados e involucrados con dicho proyecto.

7. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer, por medio de la Defensoría de la Mujer y con el concurso de las otras áreas, vele por el cumplimiento de la legislación internacional y nacional e incluya en su informe anual un capítulo en cuanto a los avances o limitaciones detectadas en el respeto y cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres de acuerdo con la normativa vigente, así como en cuanto a los compromisos internacionales que al respecto ha asumido el país. En este campo solicitamos la creación de Reglamentos y Mecanismos que incentiven, sancionen y premien el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en materia de los derechos humanos.

8. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer de la Asamblea Legislativa, contemple el seguimiento, el control de la aplicación y la interpretación que se hace de la legislación vigente en relación a los derechos de las mujeres.

9. Solicitar a la Asamblea Legislativa aprobar un "acuerdo" para emitir un "voto de apoyo" simbólico a la Declaración y el Plan de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo, Discriminación Racial, Xenofobia y Formas Conexas de Intolerancia, celebrada del 30 de agosto al 8 de setiembre, en Durban, Sudáfrica. Haciendo también una excitativa a las instituciones públicas y privadas para que cumplan con los compromisos y acciones establecidas en dicha Declaración y Plan de Acción, incluyendo la promoción de foros de discusión con la participación de las organizaciones de la sociedad civil para lograr acuerdos sobre la forma en que se pueden ejecutar los compromisos asumidos y promover en conjunto con Defensoría de los Habitantes la divulgación del Documento emanado de dicha Cumbre.

10. Solicitar a la Asamblea Legislativa que se realice una Reforma Constitucional en el Capítulo de formación de leyes en cuanto a los requisitos para la presentación de Proyectos de Ley para que éstos contemplen un lenguaje inclusivo no discriminatorio, no racista, no sexista, no xenofóbico y que no contenga formas conexas de intolerancia.

En Participación Política y Ciudadanía Activa proponemos:

1. Elaboración de un proyecto de ley para que al igual que lo logrado en el marco del Tribunal Supremo de Elecciones, se establezca la obligatoriedad del nombramiento de mujeres en cargos políticos en los Ministerios e Instituciones Autónomas, incluyendo cargos de jefaturas, Comisiones Consultivas o Mesas de Dialogo Social, Gerencias, Oficialías Mayores y Juntas Directivas, así como una modificación al Código Municipal para que en la elección de los distintos cargos en los gobiernos locales, se establezcan cuotas representativas de mujeres, sin discriminación por edad, clase socio-económica, nacionalidad, religión, etnia, orientación sexual, discapacidad y otras condiciones de vida e identidad.

2. Revisar la Ley de Educación Pública, y redactar un artículo que contemple la educación para la ciudadanía activa desde la visibilización y el respeto a la diversidad, iniciando desde los primeros ciclos de educación hasta la enseñanza superior y técnica inclusive, desarrollando programas de educación con perspectiva de género y étnico-racial.

3. En la revisión de la Ley de Educación Pública, también se solicita incluir un artículo mediante el cual se garantice el acceso a la educación formal mediante programas específicos del Ministerio de Educación Pública con horarios adecuados para las y los trabajadores del comercio autónomo y las mujeres en general, así como el acceso a la educación técnica profesional mediante el concurso del Instituto Nacional de Aprendizaje.

4. Que la Asamblea Legislativa en el ejercicio de sus facultades de control político vigile que el Ministerio de Educación Pública garantice el acceso de las mujeres a la tecnología, así como a las regiones urbano-marginales y rurales.

5. Que la Asamblea Legislativa inste a las Municipalidades para que cumplan con la obligación de instalar y dotar de recursos a las Comisiones y Oficinas Municipales de la Mujer, así como para que promuevan redes de apoyo con participación de grupos de mujeres organizadas para la gestión y el desarrollo local con equidad.

6. Se reforme el Artículo 75 de la Constitución Política para que el Estado costarricense se convierta en un Estado laico, manteniendo el libre ejercicio de culto.

7. Que la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa de seguimiento al Proyecto de Ley para reformar el Código Electoral y vigilar para que se incluya en éste:
a. Un mecanismo que garantice la participación paritaria de las mujeres.
b. La competencia del Tribunal Supremo de Elecciones de promover una ciudadanía activa.
c. Participación de otras organizaciones que no sean partidos políticos en las elecciones en el ámbito local.

En Economía y Trabajo, proponemos:

1. Adoptar medidas legislativas apropiadas, mediante la formulación de una ley integral para generar oportunidades económicas para las mujeres, con el fin de:
a. Aumentar sus posibilidades para obtener ingresos fuera de las ocupaciones tradicionales.
b. lograr la autonomía económica y asegurar la igualdad de acceso de las mujeres al crédito, al mercado de trabajo y a los sistemas de seguridad social para eliminar, entre otros, las disparidades de ingresos entre uno y otro sexo.
c. garantizar la eliminación de las prácticas discriminatorias de los empleadores contra las mujeres, tales como las que exigen pruebas del uso de anticonceptivos, la declaración de embarazo o pruebas de VIH/SIDA y las discriminaciones por orientación sexual.
d. garantizar que los empleadores eliminen la discriminación por motivos de sexo, edad y discapacidad en materia de contratación, salarios, prestaciones, capacitación y seguridad laboral; incluyendo mecanismos tendientes a lograr más y mejores empleos para las mujeres y sistemas equitativos de protección social, utilizando en su formulación las normas laborales internacionales en vigor.
e. la garantía de acceso del sector de la economía informal a los sistemas de apoyo financiero, sean del Sistema Bancario Nacional u otras fuentes de financiamiento para la obtención de capital semilla para su trabajo.

2. A la Comisión Especial Permanente de la Mujer para que en consulta con el Comité Consultivo - propuesto anteriormente - se introduzcan reformas en la Ley Marco de Pensiones y a la Ley de Protección al Trabajador de manera que:
a. Se creen mecanismos para que el segundo pilar de las pensiones complementarias, en el apartado de Capitalización Individual, que el cálculo de la Pensión sea equitativo en su distribución entre hombres y mujeres.
b. Se promueva el reconocimiento de la contribución social y económica del trabajo no remunerado de las mujeres, predominantemente en el hogar y se incluya a las mujeres que lo realizan, en los sistemas de seguridad social, particularmente en aquellos hogares cuya jefatura recae en ellas.
c. El acceso de las y los trabajadores del comercio autónomo a los convenios de protección de la seguridad social en sus dos regímenes de enfermedad y maternidad e invalidez, vejez y muerte, así como el acceso a la protección del INS mediante pólizas de riesgos del trabajo.
d. La revisión debe incluir la ley de Zonas Francas, la Ley de Reconversión Productiva y los Tratados de Libre Comercio, de manera que no se discriminen en las mismas a las mujeres y se erradiquen las prácticas desleales, particularmente en cuanto a la producción y comercialización de los sectores agropecuarios, artesanales, pesca artesanal y otros.

3. A la Comisión Especial Permanente de la Mujer de la Asamblea Legislativa para que le solicite a la Defensoría de los Habitantes, con la participación de la Defensoría de la Mujere, vele por el cumplimiento de la Ley No. 8107 (Ley de Protección al Trabajador), en cuanto a los artículos: 618, 619, 620, 621, 623 y 624, que prohíben toda discriminación en el trabajo por razones de edad, etnia, sexo o religión, así como llevar a los Tribunales de Trabajo a los/as patrones/as que hayan incumplido con los artículos anteriores. Incluyendo en este campo el debido control político de las instituciones responsables por la aplicación de la legislación laboral, la protección de las mujeres trabajadoras migrantes, con discapacidad y de aquellas que trabajan a domicilio en el área de servicios, así como la aplicación de la legislación en cuanto al patrimonio de las mujeres.

4. Garantizar mediante la formulación de un Proyecto de Ley, la estabilidad laboral de las y los trabajadores del comercio autónomo (economía informal) , para lograr un trabajo coordinado con las instituciones pertinentes para la construcción de mercados adecuados a las necesidades de las y los trabajadores, en los cuales ellos y ellas sean propietarios.

5. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer en la Asamblea Legislativa, vele por el proceso de cumplimiento de la Ley de Protección al Trabajador, en particular en cuanto a la expansión de los seguros sociales a las trabajadoras independientes, analizando la viabilidad de crear mecanismos que permitan el financiamiento de las incapacidades por maternidad de las trabajadoras no remuneradas. Estas reformas apuntan a cambios tanto en el Código de Trabajo como posiblemente en el Reglamento del Seguro Social de la Caja Costarricense del Seguro Social.

6. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer en la Asamblea Legislativa, vele porque las mujeres tengan espacios de participación en la toma de decisiones en cuanto a temas relativos al desarrollo del sector agropecuario, la agricultura convencional y orgánica, la pesca artesanal y la protección del ambiente y los recursos naturales, promoviendo en el corto plazo una reforma al Reglamento de la Ley Forestal que contenga la transversalización de género, mediante la cual se le asignen una serie de derechos y recursos para el desarrollo de oportunidades de las mujeres que forman parte del sector agroforestal y ambiental.

7. Revisión del proyecto de Ley 14352 "Autonomía de los pueblos indígenas" para que se incluya un fondo de avales que permita a las mujeres indígenas el acceso al crédito mediante la garantía solidaria.

8. Que la Asamblea Legislativa ejerza el control político para que el Poder Ejecutivo emita un Decreto Ejecutivo en el que se establezca:
a. La declaración de crisis en el sector pesquero artesanal por la baja en la producción de especies como el camarón, el pescado y otros moluscos, producto de la contaminación, la sobreexplotación, por los desastres naturales, el uso de artes de pesca prohibidos y la falta de vigilancia.
b. Otorgar los subsidios y otros tipos de beneficios similares a la pesca artesanal. Que dichos subsidios no se den únicamente por la condición de pobreza sino también por la condición de desempleo, por la veda y los efectos de la crisis del sector. Los subsidios deben ser estudiados y adjudicados según los costos actuales y que sean permanentemente ajustados.

9. Solicitar a la Comisión Especial Permanente de la Mujer, que revise el proyecto de ley de pesca, aprobado en primer debate para que incorpore las necesidades e intereses de las mujeres pescadoras artesanales y agilice su aprobación.

En materia de Salud, derechos sexuales y reproductivos y violencia como problema de salud pública proponemos:

1. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer, con el apoyo de todas las mujeres diputadas, velen:
a. Para que en la elaboración de las políticas y prioridades que se establezcan en el Proyecto del Presupuesto del Ministerio de Salud para el año 2003 se adopte un enfoque integral de la salud física y mental de la mujer durante todo su ciclo de vida.
b. Se adopten nuevas medidas para reorientar la información que se brinda a las mujeres de manera que la misma sea comprensible y accesible.
c. Se diseñen y ejecuten programas de capacitación para las y los trabajadores de la salud, a fin de que tengan en cuenta la perspectiva de género, y en la prestación de los servicios de salud de todos los niveles de atención, se respete el derecho a la intimidad, la confidencialidad y el consentimiento voluntario fundamentado. Esto incluye los programas de atención de la salud sexual y reproductiva, que comprende el derecho humano de las mujeres a tener control sobre aspectos relativos a su sexualidad y a decidir libremente en estos aspectos, sin verse sujeta a la coerción, la discriminación ni la violencia, promoviendo la capacitación y la sensibilización de las y los trabajadores de la salud en torno al respeto a la diversidad sexual.

2. Que esta misma Comisión, en materia de investigación, tratamientos y tecnologías, vele para que se tomen en cuenta los conocimientos tradicionales, afro e indígenas complementariamente con la medicina moderna; apoyen investigaciones sobre la forma en que las desigualdades por sexo afectan la salud de las mujeres, incluyendo los factores etiológicos, epidemiológicos, prestación y utilización de los servicios y resultados finales de los tratamientos y se eliminen en las investigaciones biomédicas, clínicas y ensayos voluntarios en que participen las mujeres, los sesgos de género, se preste debida atención a sus derechos humanos y las mismas se realicen en estricta conformidad con las normas jurídicas, éticas, médicas y de seguridad, científicamente aceptadas internacionalmente.

3. Que la Comisión ejerza un mayor control político de manera que se garantice la aplicación de la legislación vigente para erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, aplicar mecanismos para adaptar la atención de denuncias de todas las mujeres con discapacidad y velar por la seguridad de las misma; se elimine la práctica de realizar conciliaciones en los juzgados, que además de ilegales son peligrosas; se dote a la Fiscalía Especializada en delitos sexuales y violencia doméstica de los recursos necesarios para enfrentar en forma adecuada las investigaciones judiciales de las denuncias de explotación sexual de niñas,
niños y adolescentes, desentrañar las redes que la ejercen y su relación con otras organizaciones delictivas y se continúe con los esfuerzos para la aprobación de la nueva legislación en materia de violencia doméstica, incluyendo la que se ejerce contra mujeres con discapacidad, adultas mayores y migrantes.

4. Que en las reformas al Sector Salud se contemple un abordaje sustentado en la consideración de los principios de equidad, solidaridad, universalidad y respeto a la diversidad, así como la definición de mecanismos que permitan superar los problemas de acceso, calidad y oportunidad de los servicios de salud que brinda la Caja Costarricense del Seguro Social a las mujeres, contemplando la edad, la discapacidad y mujeres que viven en zonas rurales y marginales, en tanto usuarias y mediadoras de los servicios a las personas que conforman las familias.

5. Que en los programas para la atención integral de niñas y niños, de cuya Ley el Ministerio de Salud es responsable, se contemple la inclusión de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, de manera que las mujeres que tienen que trabajar y no cuentan con medios o recursos, puedan salir a trabajar tranquilas contando con una atención especializada para sus hijos e hijas que les permita desarrollarse y estar protegidos contra todo tipo de agresión.

6. Reformar la Ley de Salud Pública, para que se le incorpore lo planteado en el Decreto de Salud Sexual y Reproductiva.

7. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer, con el apoyo de todas las mujeres diputadas, ejerza un control político y vele por la elaboración de políticas en materia de educación sexual desde una perspectiva de género, incluyendo la capacitación temprana de hombres y mujeres en el ejercicio de la maternidad y paternidad responsable, por parte del Ministerio de Educación Pública, promoviendo la adecuación curricular, poniendo atención especial a las condiciones de discapacidad, étnicas, entre otras (como lo dispone la ley 7600).

8. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer vele porque las adolescentes madres tengan acceso de forma autónoma a los servicios de salud para ellas y sus hijos, como lo dispone el artículo 24 del Código de la Niñez y la Adolescencia.

9. Que la Comisión Especial Permanente de la Mujer vele para que Costa Rica cumpla lo planteado en la Conferencia mundial de Población - Cairo, capítulo 7, punto 12.17, en el que los Estados se comprometen a investigar sobre el aborto.

10. Crear la Comisión Legislativa que revise o elabore lo relativo al uso de químicos cancerígenos, que ha sido prohibida su utilización en otros países.
 
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